Cómo recurrir una multa de tráfico: pasos y plazos
Última actualización: 20 de julio de 2026
Nada más recibir la notificación, hay una decisión que no admite marcha atrás: pagar con descuento o recurrir. Aquí tienes cómo funciona cada camino y cómo elegir bien.
La decisión que no admite las dos cosas
Tienes 20 días naturales desde el día siguiente a recibir la notificación para elegir entre dos caminos, incompatibles entre sí:
- Pronto pago: pagas el 50% del importe, pero renuncias automáticamente a presentar alegaciones. La sanción queda firme casi de inmediato, así que si la infracción implica pérdida de puntos, esa pérdida se produce antes.
- Alegaciones: pierdes el derecho al descuento. Si te las desestiman, pagas el 100% del importe. A cambio, la pérdida de puntos se retrasa hasta la resolución del expediente, y puede evitarse del todo si el recurso prospera.
Si la infracción ya te ha costado puntos y quieres recuperarlos cuanto antes, tienes todas las opciones (con curso, automática, o tras perder el carné entero) en la guía de cómo recuperar puntos del carné.
Mientras decides, compara precios de combustible cerca de ti.
Buscar gasolineras cerca de mí →Cómo presentar alegaciones
- Comprueba primero que la notificación es correcta: qué organismo la ha puesto (DGT o ayuntamiento), tus datos, y los hechos descritos.
- Presenta las alegaciones dentro de los 20 días naturales, con las pruebas que respalden tu argumento.
- Si te las desestiman, puedes presentar un recurso de reposición (opcional) ante el mismo órgano, en el plazo de un mes desde la notificación de la resolución.
- Si tampoco prospera, queda la vía judicial, recomendable sobre todo en sanciones elevadas o con una base jurídica sólida.
Algunos motivos habituales que pueden hacer prosperar un recurso: la notificación llegó fuera de plazo, el radar no estaba debidamente señalizado o no pasó sus controles periódicos, hay errores en los hechos descritos, o puedes identificar a otro conductor real (en infracciones que no implican pérdida de puntos).
Si no pagas dentro de plazo
Pasados 45 días desde la notificación sin haber pagado, la deuda se remite a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, que se encarga de cobrarla con un recargo del 20%. Si no recibiste la notificación en papel, puedes comprobar si tienes alguna multa pendiente a través del Tablón Edictal de Sanciones (TESU) o la Dirección Electrónica Vial (DEV) de la DGT.
Preguntas frecuentes
¿Puedo pagar con descuento y luego alegar?
No, pagar con descuento renuncia automáticamente al derecho a alegar.
¿Cuánto tiempo tengo para decidir?
20 días naturales desde el día siguiente a la notificación.
¿Cuándo se pierden los puntos?
Cuando la sanción es firme — antes con pronto pago, después (o nunca) con alegaciones.
¿Qué pasa si no pago a tiempo?
Pasados 45 días, la deuda va a Hacienda con un recargo del 20%.